16 de mayo de 2011
Nos gustaría recordarle que en relación con la ordenanza del Ministro de Trabajo y Política Social del 1 de octubre de 2010, los formularios de baja por enfermedad han cambiado. La condición para la expedición de un certificado de baja por enfermedad es la aportación obligatoria del número PESEL y del número NIP personal del paciente o del número de pasaporte en el caso de pacientes a los que no se les hayan asignado estos números.
Quienes somos
En nuestro trabajo nos guiamos por la idea de un médico de familia que brinde al paciente una atención integral en todo momento, no solo cuando está enfermo. Nuestra misión es cuidar cada día la salud de nuestros residentes. Brindamos educación para la salud y promovemos la prevención.
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